Vistas de página en total

martes, 27 de marzo de 2012

EL IVA

  
Definición
El IVA es un impuesto indirecto sobre el consumo, es decir financiado por el consumidor final. Un impuesto indirecto es el impuesto que no es percibido por el fisco directamente del tributario. El IVA es percibido por el vendedor en el momento de toda transacción comercial (transferencia de bienes o servicios). Los vendedores intermediarios tienen el derecho de hacerse reembolsar el IVA que han pagado a otros vendedores que los preceden en la cadena de comercialización (crédito fiscal), deduciéndolo del monto de IVA cobrado a sus clientes (débito fiscal), debiendo entregar la diferencia al fisco. Los consumidores finales tienen la obligación de pagar el IVA sin derecho a reembolso, lo que es controlado por el fisco obligando a la empresa a entregar justificantes de venta al consumidor final e integrar copias de éstas a la contabilidad de la empresa.
Historia
Los impuestos indirectos tuvieron su origen en España, en el siglo XIV. El Reino de Castilla emprendía la Reconquista de los territorios del Reino de Granada. En el año 1342, el rey Alfonso XI implantó a nivel estatal un impuesto sobre las ventas.
El IVA, como tal, fue implantado por primera vez en Francia, en 1954. En España se introdujo el 1 de enero de 1986, con la entrada del país en la Comunidad Económica Europea (CEE), sustituyendo al antiguo Impuesto sobre el Tráfico de Empresas (ITE).
Ejemplo
El siguiente ejemplo muestra la mecánica simplificada, con un IVA generalizado de 10%.
  1. La empresa A produce, a partir de recursos naturales, el bien X1, al que fija un precio de 100 ¤ por unidad.
  2. A vende X1 a B, con un precio de 100 ¤, y añade 10 ¤ en concepto de IVA. Por lo tanto, B paga a A 110 ¤. Resultado fiscal: A es deudor del fisco por 10 ¤
  3. B transforma cada unidad de X1 en una unidad de X2, bien al que fija un precio de 150 ¤.
  4. B vende X2 al distribuidor C, adicionando IVA por 15 ¤. Por lo tanto, C paga a B 165 ¤. Resultado fiscal: B es deudor del fisco por 5 ¤ = (15 - 10)
  5. C distribuye X2 en el comercio minorista, fijando un precio de 200 ¤.
  6. C vende X2 a la tienda D, adicionando IVA por 20 ¤. Entonces, D paga a C 220 ¤. Resultado fiscal: C es deudor del fisco por 5 ¤ = (20 - 15)
  7. D vende X2 al público, fijando un precio neto de 240 ¤.
  8. El consumidor final F compra X2 en la tienda D. F paga por el producto 264 ¤. Resultado fiscal: D es deudor del fisco por 4 ¤ = (24 - 20)
Como se ve en el ejemplo, todo el monto acumulado del impuesto (10+5+5+4=24 ¤) es soportado por el consumidor final (F), pero ha sido percibido en varias etapas intermedias: percepción(A+B+C+D) = impuesto pagado por el consumidor final.
Tipo de gravamen
El siguiente cuadro muestra las tasas vigentes en algunos países, incluyendo, en su caso, las tasas diferenciales. Estas últimas suelen implicar reducciones de la alícuota para determinados bienes y servicios (en general, bienes de consumo básicos) o ciertas categorías de personas; o aumentos en la alícuota (en general, para bienes suntuarios).
África
País Tasa normal Tasa reducida Abreviatura Nombre original
Bandera de Egipto Egipto 10%
GST Impuesto de ventas y de bienes
Bandera de Sudáfrica Sudáfrica 14% 0% BTW / VAT Belasting op Toegevoegde Waarde / Valued Added Tax'ñjpjp'
Bandera de Ghana Ghana 3% 0% VAT Valued Added Tax
Américas
América del Norte
País Tasa normal Tasa reducida Abreviatura Nombre original
Bandera de Canadá Canadá 5% 4.5% GST / TPS
HST / TVN
Goods and Services Tax / Taxe sur les produits et services
Harmonized Sales Tax / Taxe de vente harmonisée
Bandera de México México 16% (desde 2010) 11% IVA Impuesto al Valor Agregado
Nota 1: No es una verdadera "tasa reducida", pero, en general, los descuentos disponibles para nuevas viviendas equivalen a reducir la presión fiscal a 4,5%.

No hay comentarios:

Publicar un comentario